Esta es la página de divulgación científica del
DERECHO ARGENTINO
perteneciente al
Escriben: Alfredo A. Eguiazú y Gustavo D. Eguiazú
La mediación como medio alternativo de resolución de disputas. Sus características. Situación en la Provincia.
La mediación, gracias a su dinamismo y desestructuración, puede brindar a la gente soluciones rápidas y a bajo costo
Sin embargo esta imagen kafkiana del proceso no se ajusta a la realidad de nuestra provincia. Nuestros tribunales no tienen pasillos interminables (problema de infraestructura, que le dicen), ni están a la sombra de la luz de las ideas y la justicia. Por el contrario, la organización judicial entrerriana tiene el mérito de no poseer la mayoría de los males que se le adjudican a su par porteña.
Entonces, ¿serviría una institución de tales características para nuestro suelo?
Antes de saber si sirve, es conveniente un somero análisis. Después de estudiar el tema descubrimos que la mediación es un proceso, que no tiene esquema definido, ni pasos necesarios preestablecidos.
Tiene como ingrediente principal la existencia del conflicto sumada a la voluntad de superarlo evitando posiciones encontradas, sin ser adversarios.
Las partes que se ven unidos por este lazo son asistidos por un tercero (mediador) que domina las técnicas de su arte y de negociación y que mediante asistencia las pone al servicio de la resolución del conflicto.
En este sentido el mediador no decide, no juzga, no arbitra, sino que mediante una peculiar técnica denominada "empowerment", son los mismos involucrados los que toman sus propias decisiones.
En este procedimiento desestructurado se integra una fuerte corriente comunicacional entre las partes. Piénsese en la posibilidad de estar reunidos alrededor de 8 horas (divididas en módulos) junto a sus respectivos abogados y al mediador, todos coadyuvando a la solución del conflicto. Difícilmente se logren dichos extremos en otro ámbito, menos en un trámite judicial.
El éxito de tal proceso deviene con el cumplimiento de un acuerdo que las partes voluntariamente trazaron.
El pilar fundamental de este proceso, es sin duda la libertad y en su virtud se invertirán alrededor de dos jornadas de trabajo con el objeto de lograr un acuerdo.
Si ese acuerdo no llega, las partes habrán invertido su tiempo en desescalar el conflicto y fijar pautas para nuevas negociaciones.
El juego: ganar-ganar
En múltiples ocasiones, el amable lector habrá tomado parte en un conflicto. A veces habrá arribado a una solución solo, otras habrá recurrido a la asistencia de un amigo o a los servicios de un abogado.
Los parámetros tradicionales de negociación se basaban en el cálculo de suma cero. Esto es, en cualquier conflicto, arribada a una solución, lo que ganaba una de las partes, lo perdía la otra.
Las modernas técnicas nacidas del desarrollo del Harvard Negotiation Project, aconsejan enfocar la negociación a partir de una suma abierta: se puede ganar sin que el otro pierda. Es mas, se puede ganar posibilitando que la otra parte también gane.
Nos vienen a la memoria palabras llenas de sabiduría: "Es mejor ganar sin luchar" (Sun Tzu: "El arte de la guerra")
Principalmente se logran tales resultados basando la negociación no ya en posiciones, sino en intereses.
Los Medios
Creemos que la única forma de asegurar el buen uso de este método de resolución de conflictos es basarlo en la voluntariedad.
En la ciudad de Buenos Aires, se optó por otro camino. Esto devino en descontento y pérdida de tiempo.
Las características de "no adversarial" y "desestructurado" coadyuvan a la predisposición a acordar, sin fijarse en quién tiene la razón, sino que las mismas partes consigan la satisfacción de sus intereses por sus propias decisiones y patrocinados por sus abogados.
El resultado: la relación conservada
Trabajar en base a intereses buscando la ganancia mutua otorga la satisfacción de terminar el conflicto, no ya con una venganza satisfecha, sino con una relación fortalecida.
Debemos destacar su efecto reductor de hostilidades.
Esta peculiaridad otorga la posibilidad de dejarnos una base para futuras negociaciones, que fructificarán en nuevos acuerdos.
En Entre Ríos, hoy.
Tenemos la suerte de tener en nuestra legislatura provincial sendos proyectos tendientes a instaurar la mediación.
Ambos resultan adaptaciones, cuando no copias, de la ley nacional de mediación que contemplan las pautas vertidas en este opúsculo.
Tenemos también varias inquietudes en torno a su concreción. Diversos Colegios Profesionales han iniciado, o están en marcha, cursos de capacitación e iniciación en el aprendizaje de la mediación.
Quienes ya hemos adquirido esa capacitación en el ámbito nacional, vemos con agrado que en nuestra provincia se haya decidido trasladarla a la población entrerriana.
Estas nuevas experiencias llegan a nuestro suelo en momento en que duras críticas se ciernen sobre el Poder Judicial de la provincia.
Aplaudimos la responsabilidad de quienes asumiendo el verdadero criticismo, suman a ella la propuesta de una solución superadora a los altos costos judiciales, la extensión del procedimiento judicial y la frustración de obtener una solución tardía.
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