¡¡Basta de violencia institucionalizada!! ¡¡Paz
y desarrollo verdaderos son incremento de oportunidades en la
vida!!, les gritaron a coro los niños pacifistas que sacaron
la cara por Arequipa con carteles y pancartas de protesta en la
puerta misma del lugar del aquelarre. Y los viejos seguíamos
haciéndonos los ciegos, sordos y mudos ante la violencia
institucionalizada: los desmanes de los neo nazis que tuvieron
el descaro de escoger Arequipa como sede de su aquelarre. "¿Qué
es la paz? ¿Creen que la paz es sólo la ausencia de
guerra?." En sus pancartas, los niños también
les rugieron el texto del Dr. Trazegnies: "Cuando el desarrollo
es unilateral, cuando el hombre, para elevarse, se apoya sobre
la naturaleza y la aplasta, no se da cuenta que en el fondo se
está aplastando a sí mismo..."
Al lado de las manifestaciones tradicionales de la violencia
tenemos aquellas otras que se dan día a día, al
lado nuestro, como si fueran parte normal de la vida: La promoción
de la promiscuidad y del libertinaje sexuales (los llaman "planificación
familiar"), la propaganda escandalosa del uso de condones,
DIUs, T de cobre, etc., la vulgaridad y la desvergüenza como
paradigmas de peruanidad; los desmanes de los aborteros y mutiladores
de órganos sexuales (que están tipificados como
delitos).
Cuando, en vez de rechazo, esta perversidad suscita
complacencia o pasividad, termina por institucionalizarse la tiranía
de la depredación de la vida y de los depredadores. La
aceptación de esta violencia institucionalizada ha destruido
la paz y es aún más peligrosa porque socava las
bases de la vida humana.
También hay en las pancartas de los niños otros textos para los promotores de las "ferias de planificación y sexo seguro": "Cuando te hablen de paz y desarrollo, pregunta siempre: "¿El desarrollo o la paz de quién?". "¡Que no te engañen: Desarrollar no es negar la vida!". La patente de corso de que gozan los herodes, los doctorcitos mutiladores, los neo nazis y demás cultores de la muerte; y la familiaridad de su acción, su presencia permanente a nuestro lado, no neutraliza su labor fatídica: son asesinos que nos hunden en calidades inferiores de vida; son los potros de la violencia institucionalizada.
La dación de la ley 26530 de 09 de setiembre de 1995¸
publicada en EL PERUANO del día siguiente ha convertido
en declaración lírica (ya que no puede derogarlos)
los contenidos y principios que sustentan los arts. 5 y 6 del
Código Civil de 1984. Eufemísticamente, esta ley
dispone la modificación del art. VI del Título Prelimnar
del D.L. 346 o Ley de Política Nacional de Población;
pero en realidad se trata de la norma que legaliza lo que el Código
Civil prohibe: Los atropellos contra el derecho irrenunciable
a la integridad física.
Si esta norma violatoria de los derechos humanos va a continuar
vigente cuando se derogue el Código Civil de 1984, es preciso
revisar sus antecedentes. El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea
General de la ONU consagró la Declaración Universal
de los Derechos Humanos: un hito en la historia de la humanidad.
Por primera vez la comunidad internacional lograba definir la
noción de derechos humanos -- tarea que hasta esa fecha
había sido dejada a la discreción de cada Estado.
Desde ese entonces, la comunidad internacional ha recorrido
un enorme sendero. La noción de derechos humanos se ha
universalizado y ganado, a la vez, mayor ascendiente. La misma
ONU ha hecho grandes esfuerzos por codificar los conceptos contenidos
en la Declaración, a través del Derecho Internacional.
Además se ha logrado concretar dos pactos internacionales
conexos a la materia: el primero referente a los derechos económicos
y sociales; el segundo a los derechos civiles y políticos;
y, adicionalmente, un gran número de convenciones referentes
a genocidio, esclavitud, tortura, apartheid, discriminación
sexual, trabajo -para citar algunas.
Es indudable que, gracias a estos instrumentos legales se ha
logrado modificar actitudes y situaciones en tal grado que, a
partir de este hito, aún las aspiraciones de paz y desarrollo
de los pueblos del mundo son ahora percibidas en términos
jurídicos. El progreso ha sido impresionante.
Pero también ha habido retrocesos lamentables, la propaganda
a favor de crímenes de lesa humanidad crece día
a día y, en nuestro medio, con el apoyo abierto del Estado
o con su silencio cómplice. ¡Y hay aún muchísimo
por hacer!. El espectáculo que el mundo -- y las propias
Naciones Unidas-- ofrece incluye muchos aspectos preocupantes
y desoladores. La violación sistemática de los derechos
humanos aún continúa; el asesinato masivo de no-
nacidos; la legalización del aborto; las campañas
para desaparecer comunidades y etnias enteras en los países
subdesarrollados; racismo y prejuicios étnicos y religiosos;
genocidio en formas cada vez más sofisticadas; las campañas
para privar de descendencia a los sectores marginados (a través
de la legalización de vasectomías, ligaduras de
trompas, engañosa imposición de vacunas contra la
fertilidad y a favor del uso de anticonceptivos, etc.); son algunas
de las plagas que continúan cosechando millones de víctimas,
con el apoyo flagrante de algunos Estados ¡y la complicidad
de algunos organismos especializados de la propia ONU: El Fondo
de Población, el Programa de Desarrollo y la Organización
Mundial de la Salud, OMS!. ¡ Y todos estos crímenes
encuentran defensores insospechables y "justificaciones"
vergonzosas!
Por lo tanto, debemos continuar, infatigablemente, nuestros esfuerzos
para que los ideales expresados en aquellos documentos de 1948
se hagan realidad. Todos debemos trabajar por un conocimiento
más profundo y extendido de los derechos humanos y para
consolidar los logros obtenidos por la humanidad. También
debemos clarificar y armonizar las diversas iniciativas dirigidas
a alcanzar estas metas. En una palabra, --como lo dijera el Secretario
General de la ONU, en visita a la UCSM:-- "Depende de cada
uno de nosotros, continuar promulgando y promoviendo la Declaración
Universal de los Derechos Humanos".
Como profesores de Derecho es poco lo que podemos hacer frente a las incontenibles fuerzas de la cultura de la muerte. Pero sí podemos asumir nuestra dignidad pedagógica y es por ello que, a través de la Universidad del Sagrado Corazón (UNIFE) hacemos llegar estos pequeños ensayos que también han sido puestos en conocimiento del Congreso de la República con motivo de la modificación del Código Civil peruano que se halla en estudio.
En la Paremiología Jurídica de los pueblos indígenas
tawantinsuyanos acaba de resucitar lozana, fresca y cazurra la
clásica máxima que sentencia que "mientras
el Código Civil es para los pudientes, el Código
Penal es para la chusma". Así ha quedado confirmado
con la propuesta aprobada por el Congreso (y promulgada de inmediato,
mediante ley 26530) para que se autorice y legalice la mutilación
de seres humanos en sus formas más sofisticadas: la vasectomía
y la ligadura de trompas, ¡como medio de solución
a los problemas socio - económicos y políticos del
país!
Pero, el pretexto del respeto a la libertad para la introducción
de esta norma legal, es aún más aberrante: El libre
ejercicio de la voluntad personal para la adopción de los
métodos de planificación familiar.
Por lo tanto, la indiada queda notificada que, a partir de la
legalización de estas mutilaciones, quedarán convertidas
en letra muerta (para la chusma) las siguientes disposiciones:
- Art. 5º del Código Civil: que señala que
"El derecho a la vida, a la integridad física,
a la libertad, al honor y demás inherentes a la persona
humana son IRRENUNCIABLES y no pueden ser objeto de cesión.
Su ejercicio no puede sufrir limitación voluntaria, salvo
lo dispuesto en el art. 6." (Esta excepción se refiere
a dos situaciones puntuales: a) estado de necesidad, de orden
médico o quirúrgico; y b) estar inspirados por motivos
humanitarios.)
- Art. 6º del Código Civil: mediante el cual se prohibe
los actos de disposición del cuerpo humano: "Los
actos de disposición del propio cuerpo están prohibidos
cuando ocasionen una disminución permanente de la integridad
física o cuando de alguna manera sean contrarios al
orden público o a las buenas costumbres. Empero, son válidos
si su exigencia corresponde a un estado de necesidad, de orden
médico o quirúrgico o si están inspirados
por motivos humanitarios."
Otra de las consecuencias de la legalización de estas
delictuosas mutilaciones será que quedarán impunes
todos los doctores, "doctorcitos", impareSS, médicos
colombianos, las instituciones de salud públicas y privadas
que han venido practicando estas mutilaciones a la vista y paciencia
del Ministerio Público, de los Consejos de Derechos Humanos,
de las autoridades, etc. no obstante que estaban calificadas,
previstas y penadas como delito por el Código Penal:
- Art. 121 del Código Penal: "El que cause a otro
daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido
con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de
ocho años. Se considera lesiones graves:
1. Las que ponen en peligro inminente la vida de la víctima.
2. Las que mutilan un miembro u órgano principal del
cuerpo o lo hacen impropio para su función, causan
a una persona incapacidad para el trabajo, invalidez o anomalía
psíquica permanente o la desfigure de manera grave y permanente."
También está previsto este delito en el art. 129
de ese mismo cuerpo de leyes. Pero, ya sabemos, ¡el Código
Penal sólo se aplica a la chusma!.
No es menos ostensible que la legalización de la mutilación
carecerá de eficacia jurídica por contravenir frontalmente
lo dispuesto en la Carta Magna:
Art. 2º de la Constitución: "Toda persona tiene derecho: 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar."
Las ruidosas campañas en favor de la vasectomía y de la ligadura de trompas ponen de manifiesto el escándalo del incumplimiento de las normas pro-vida del Código Civil de 1984 (arts. 5 y 6); Código pronto a ser reemplazado por uno nuevo, según acuerdo del Congreso de la República. En el campo de la bioética y el derecho a la integridad física y psíquica del ser humano, el Perú confronta en 1997 un panorama distinto al de 1984; o una pesadilla del estilo de las novelas de A. Huxley -que es como se describe el escenario mundial en el que campea la cultura de la muerte y el desprecio por la bioética y los derechos civiles de la persona. El nuevo Código Civil no podrá evadir el tratamiento de estos derechos (y sus antípodas: la vasectomía y la ligadura de trompas igualmente delictuosas si son "voluntarías" o no), la anticoncepción, la eutanasia, la fecundación artificial; es decir la bioética.
En la India, el infanticidio contra niñas neonatas adquiere
proporciones espantosas. Los juristas japoneses advierten cómo
la población de su país envejece debido a la declinación
de los nacimientos: al actual ritmo, su población quedaría
reducida a la mitad en sólo 70 años; y la falta
de mano de obra, la invasión de extranjeros y la atención
de los ancianos serían problemas insolubles. El Congreso
del Pueblo de la China debate normas eugenésicas sobre
el "control de calidad" como requisito para el nacimiento
de seres humanos. Xinhua apoya la medida: En China hay 10 millones
de minusválidos y ellos no existirían si sus padres
se hubiesen sometido a ese huxleyano control.
La India ha puesto a prueba, con el apoyo de la ONU (¡), una nueva vacuna que aprovecha el sistema inmunológico de la mujer para el rechazo del feto. La Ministra francesa de Asuntos Sociales enfrenta dura oposición a su propuesta de ley sobre ética médica que prohibe las prácticas eugenésicas que conducen a la selección sistemática de nacimientos, la procreación médicamente inducida o la fecundación artificial.
Brandenburg anuncia que pagará una recompensa de 650 dólares a los padres de cada nuevo niño nacional que nazca; porque la población alemana, en ese Estado, ha decrecido de 38,000 nacimientos en 1989 a 11,000 en 1996. En el Congreso de Zimbabwe se ha escuchado la voz del Tercer Mundo: La intensa propaganda del permisivismo sexual y la distribución de condones, vacunas "antitetánicas" y otros medios de contracepción son vías para aniquilar la población tercermundista. Los "blancos" --con el apoyo de sus esbirros-- quieren que los "morenos" sean cada vez menos hasta borrarlos de la faz de la tierra, a cualquier costo.
¿Sabrán responder los autores del nuevo Código
Civil y los demás católicos peruanos a las expectativas
de "EVANGELIUM VITAE"? En todo caso ya no podrán
asumir posiciones ambivalentes o apáticas; ni pretextar
ignorancia.
Algún iluso habría fantaseado que "La persona
humana es sujeto de derecho desde su nacimiento. La vida humana
comienza con la concepción..."(Art. 1 del Código
Civil). La creciente brecha entre la moral católica y los
movedizos patrones éticos de la sociedad occidental ha
hecho casi imposible presentar como "razonable" a la
moralidad católica. El lúcido Cardenal Ratzinger
observa que la ética católica ahora aparece ante
muchos como un ente absurdo y remoto, "como una suerte de
meteorito que está en oposición no sólo a
los hábitos concretos de vida sino también contrario
al pensamiento que subyace en esos hábitos".
El iluso habría proclamado henchido de emoción
que "El derecho a la vida, a la integridad física,
a la libertad, al honor y demás inherentes a la persona
humana son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesión.
Su ejercicio no puede sufrir limitación voluntaria...".(Art.
5 del Código Civil). Pero nadie le hizo caso. El Estado
y las autoridades continuaron su intensa actividad de abierta
o hipócrita promoción de la cultura de la muerte;
las campañas propias o las de agencias locales del poderoso
imperio internacional del aborto, y el aborto fármaco-
inducido, la ligadura del trompas, la oclusión tubaria
bilateral, la anticoncepción quirúrgica voluntaria
(AQV), y otras formas de mutilación o amputación
del cuerpo humano. Los consejos Pro- Derechos Humanos y Pro- Paz
ni parpadearon cuando los ilusos irredentos de siempre les clamaron
a voces que "Los actos de disposición del propio cuerpo
están prohibidos cuando ocasionen una disminución
permanente de la integridad física o cuando de alguna manera
sean contrarios al orden público o a las buenas costumbres."
(Art. 6 del Código Civil ).
Sin esperar una respuesta entusiasta, en los últimos años,
Roma se ha rehusado a adecuarse a los cambiantes patrones de moralidad
y con ello ha provocado críticas que califican las enseñanzas
católicas como la imposición de los criterios de
un grupo de célibes desvinculados de la vida real de nuestra
sociedad. Sin embargo, a regañadientes, tal vez, la opinión
pública --que se inclina hacia el relativismo ético
y la permisividad lo cual virtualmente garantiza la impopularidad
de la doctrina católica; y que normalmente dedica muy poco
tiempo a los puntos de vista del Vaticano-- está recibiendo
con beneplácito este conjunto coherente de principios que
contempla con seriedad la nueva metodología para la creación
y manipulación de la vida humana. Tentativamente, esta
recepción positiva indica que existe una apreciación
más serena acerca de los valores sociales de la doctrina
católica - a pesar de los criterios que personalmente
se pueda tener con referencia a su credo.
La historia contemporánea nos demuestra las trágicas
consecuencias del rechazo o la ignorancia de los valores fundamentales.
En el siglo XX, los ataques contra la tradicional posición
judeo- cristiana de la vida humana, su santidad y sus derechos
fueron justificados en nombre de ideologías como el nazismo,
o en nombre del "progreso científico", o de nuevas
posiciones socio- políticas criminales como el llamado
"derecho al aborto", a la "anticoncepción
quirúrgica voluntaria" (AQV). A menudo, el pretexto
o la motivación inicial --típicamente, la eliminación
de la pobreza o el sufrimiento-- no podría parecer más
razonable. No obstante, una vez que se condona la mutilación
del cuerpo humano o la supresión de la vida de un inocente,
aún en casos limitados, la integridad física y las
vidas de otras personas corren peligro inminente.
Para indicar un ejemplo, recientes trabajos acerca de problemas
médicos y legales en la Alemania de la década de
1920 sugieren que la justificación para eliminar clases
completas de "indeseables" y de "razas inferiores"
fue originada por un influyente libro escrito por un jurista y
un psiquiatra que argüía que algunas personas en realidad
"no merecen" reproducirse ni vivir y que no se les debería
otorgar estos derechos (vivir y reproducirse): "The Release
(Permission) of the Destruction of Life Unworthy of Life"
(" La Facultad de Destruir las Vidas que no Merecen Vivir"),
de los alemanes Karl Binding y Alfred Hoche.
Hoy en día, los líderes católicos reciben
persistente crítica por su supuesta falta de compasión
por no perdonar violaciones de los que ellos consideran el Derecho
Natural. Cuando los Obispos de los EE. UU. condujeron la batalla
en contra del aborto en el juicio de Roe contra Wade en la Corte
Suprema fueron descritos (los Obispos) como ciegos ante el clamor
de mujeres desesperadas cuya única alternativa era el aborto.
Ahora, un gran sector de la opinión pública percibe
igual insensibilidad en la oposición de la jerarquía
católica a las medidas permisivas referidas a la eugenesia
y a la eutanasia. No obstante, la creciente aceptación
de estas prácticas confirma las tempranas advertencias
de la Iglesia en el sentido de que la legalización del
aborto corroería, en todos los niveles, el valor acordado
a la vida humana. No es de extrañar, pues, el desenfado
y la gran publicidad con que entes privados y públicos
se ufanan de sus campañas de AQV a pesar que el Código
Penal considera lesiones graves "las que mutilan un miembro
u órgano principal del cuerpo o lo hacen impropio para
su función ..." (art. 121º).
"Nuestra sociedad ha tardado menos de 50 años en
transformar estos crímenes de guerra en un actos de compasión"
observó Malcolm Muggeridge en un discurso pronunciado referente
al cambio de status de la eutanasia y la AQV, considerados como
crímenes de guerra en los Tribunales de Nuremberg.
BELOVED YOUNG PEOPLE. Pope JOHN PAUL II. Hodder & Stoughton
Ltd.- London 1982.
CÓDIGO CIVIL. Decreto Legislativo 295. Preparado, Revisado,
Anotado y Concordado por el Dr. MANUEL BALAREZO GAMARRA. Colección
Jurídica Peruana. Librería Imprenta Editorial Importadora
y Distribuidora de Publicaciones S.A. Lima 1987.
INSTRUCCIÓN SOBRE EL RESPETO DE LA VIDA HUMANA NACIENTE
Y LA DIGNIDAD DE LA PROCREACION. Congregación para la Doctrina
de la Fe. Ediciones Paulinas. Lima 1989.
VERITATIS SPLENDOR. Carta Encíclica del Sumo Pontífice
Juan Pablo II. Ediciones Paulinas. Lima, 1993.