INSTITUCIONES DE LA DEMOCRACIA DIRECTA

REVOCATORIA - REFERÉNDUM - INICIATIVA LEGISLATIVA - REMOCIÓN DE AUTORIDADES - DEMANDA DE REVISIÓN DE CUENTAS.

LA REVOCATORIA

En el Diccionario de la Real Academia Española:

Revocación:

Acto jurídico que deja sin efecto otro anterior por la voluntad del otorgante.

Revocar:

Dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución.

En la Constitución:

El derecho excepcional de una fracción de la ciudadanía de solicitar que el pueblo decida sobre la destitución de uno o varios funcionarios o representantes de origen electivo antes que expire su mandato legal.

La revocatoria es un instrumento que permite al pueblo :

Los procesos de revocatoria del mandato permiten conocer en mayor detalle, la efectiva relación entre los electores, los elegidos, el gobierno y la realidad social de la población.

La revocatoria del mandato de las autoridades municipales, es la institución que con mayor fuerza ha irrumpido como factor de fortalecimiento de la democracia.

Su sola presencia da indicios de la configuración de un renovado sistema político.

En el Perú, se ha iniciado esta nueva experiencia política al ponerse en vigencia esta institución de la democracia directa, prevista en la Constitución Política, no como un instrumento de revancha partidarista, sino de ética política.

Lo que interesa a la población es el rol que cumplen las autoridades al margen de su afiliación a un grupo político de gobierno o de oposición.

LA REVOCACIÓN EN EL DERECHO COMPARADO

Las manifestaciones de ese procedimiento son varias.

EN SUIZA

En algunos Cantones suizos existe la facultad de provocar una votación popular que decida acerca de la disolución de una Cámara, la cual, en caso de prosperar el referéndum, deberá cesar en sus funciones antes de cumplir su período legal.

EN LOS EE. UU.

El "recall" es otro procedimiento de revocación existente en los EE.UU. Se ejercita presentando un requerimiento al funcionario que ha perdido la confianza o la estima del pueblo, invitándolo a que dimita.

Si el cuestionado no dimite, se realiza una votación para designar a su sustituto, pudiendo presentarse a reelección el mismo funcionario revocado. Si es reelegido, continúa. De lo contrario, cesa en sus funciones.

El "recall" puede afectar a funcionarios políticos, judiciales y, más frecuentemente, a los administrativos.

EN ALEMANIA

La Constitución de Weimar previó que el presidente del Reich podía ser destituido antes de la expiración de su mandato, a instancia del Reichstag, mediante votación popular. Si la votación rechazaba la destitución, el presidente se consideraba reelegido y, como consecuencia, el Reichstag quedaba disuelto.

Esta disposición tuvo resonancia en la mayoría de las constituciones de la época.

EN LA URSS

La Constitución soviética de 1936 disponía que "todo diputado tiene la obligación de rendir cuenta a los electores de su trabajo y del trabajo del Soviet de diputados y puede ser revocado en cualquier momento, por decisión de la mayoría de sus electores". 1