Ancestors of TRUJILLO DE LA TORRE

Citations


206. JOSE ORTEGA PADRON

1L.6 F.220 Nº.671 (M). SAN JUAN. TELDE. (M205Y206), 205/206.

M.205/206

L.6 F.220 Nº. 671 Matrimonios. San Juan. Telde.


Joseph Ortega
Padrón = y María
Nicolasa de Sn. Pedro
Chil
Casados y velados


En veinte y seis días del mes de julio de mill setezientos y sesenta y sinco años, yo Dn. Domingo Monagas y Zorita, Beneficiado Curado en esta Ciudad de Telde, asistí a la selebrasión del Stº. Sacramen.tº. del Matrimonio que se selebro in facie eclesia Joseph Ortega Padrón, hijo lex.mo de Joseph Ortega, ausente en Indias, y de Philipa Padrón; y María Nicolassa de San Pedro, hija lex.ma de Ant.º Navarro Chil y de Ignazia de Cabrera, todos vecinos desta ciudad a Viendo sido amonestados en tres días de fiesta contínuos a la Estaz.ºn de las missas Mayores, según dispone el Santo Consilio de Trento y Constituziones Sinodales deste Obispado, de que no ha resultado impedimento alguno y en dicho día, mes y año, recivieron las bendiziones nupziales y fueron testigos presentes Domingo Calderín, Sacristán Menor de San Juan Baptª. y otras personas y lo firmé = Domingo Monagas y Sorita.


207. MARIA NICOLASA DE SAN PEDRO NAVARRO (CHIL) CABRERA

1L.20 F.22v. Nº 100 (B) SAN JUAN. TELDE (B.206), 206.
BAUTISMOS B.206
San Juan Bautista. TELDE
L.20
F.22v.
N.100

María Nicolasa
de San Pedro


En quatro de maio de mil setesientos quarenta y quatro años, Yo Lucas de Salas Orden de Predicadores con lisensia del S. Beneficiado Semanero, Baptizé puse oleo y chrisma a María Nicolasa de San Pedro hija lexma. de Antonio Navarro Chil y de Ignacia de Cabrera, coniuges, vecinos desta Ciudad de Telde. Vino a la pila de seis días de su nacmtº. Fue su padrino Christobal Clemente a quien advertí su parentesco y obligasión y lo firmé. = Fr. Lucas de Salas.

2L.12 F.17v. Nº.154 (D) SAN JUAN. TELDE (D206), 206.
DEFUNCIONES. SAN JUAN BAUTISTA. TELDE
L. 12
F. 17v.
Nº.154


Sepultª en la
Capilla Nstra. Sra
Como Hermana
No Testó
María Navarro Chill

En dies de Noviembre de ochocientos y tres años fue sepultada en sepultª. de la Capilla de N. Sra. como Hermª., María Navarro Chil, Muger de Dn. Josef Padrón con oficio de cera entera haviendo presedido Encomendación con Asistª. de los Capellanes y la Humación. Recibió los Stos. Sacramentos. No testó. y certifico = Adrián de Cubas y Medina.


212. JEAN PINEAU

1L.? F.? Nð ?.(M) SANT JULIEN ET SAINTE BASILISSE. MOSSET, PIRINEOS ORIENTALES, (FRANCIA) (M.211/212), 211/212.
Dispongo de fotocopia de la partida original. Pendiente de traducir.


238. FRANCISCO BOLAÑOS

1L.3 F.78v. (M). LA CANDELARIA. MOYA (M.237/238), 237/238.

M.237/238

Matrimonios. Ntra. Sra. de Candelaria. Moya

L. 3
F.78v.

En el lugar de Moya en dies y seis días del mes de Agosto de mil setecs. cuarenta y cinco @, yo Francº. de Medina cura actual de la Parroqª. de Ntra. Sra. de Candelaria de dho. lugar, case in facie ecclesie a Francº. Bolanos, viudo de Isabel Guerra María, vecino de la Villa de Guía y a Estevana Peres Marrero, hija legma. de Blas Peres y de Francª. Marrero, difuntos, vecs. de este lugar, habiéndoles preguntado, entendido y valido su recíproco consentimtº. Fueron amonestados en tres días festivos y no resultó impedimento alguno fueron testigos Baltazar Benites y Pedro Marrero, vecs. de este dho. lugar, doy fe y lo firme = Francº. Medina = Nota = Casados y velados Francisco Bolaños y Estevana Peres Marrero.


240. AGUSTIN FELIPE GOMEZ MILLARES

1L.20 F.137 (B) SAGRARIO. LAS PALMAS (B.239), 239.
BAUTISMOS B.239
Sagrario. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
L.20
F.137


En Canaria en veinte y uno de Setiembre de mil setecientos treinta y cinco años, yo D. Luis Baez, Presbit. con licencia de Sr. Cura, baticé puse óleo y crisma a AGUSTIN FELIPE, hijo legítimo de TOMAS GOMEZ y de ANTONIA MILLARES, vecinos de esta Ciudad en la calle de Triana, vino a la pila de tres días nacido, fue su paddrino Luis Hernandez Alonso, y advertiosle su obligación y parentesco, y firmé.= D. Luis Marschalhs y Quintana.

2L.9 F.321 (D) . LOS REMEDIOS. LA LAGUNA (D.239), 239.
DEFUNCIONES D.239
Sto. Domingo. (Archivo de Ntra. Sra. de Los Remedios). La Laguna
L.9
F.321


En veinte y nueve de marzo de mil setecientos ochenta y seis años se enterró, en el Convento de San Francisco, Agustín Gómez Millares, de edad de cincuenta y seis años, marido de Anna Padrón Naranjo natural de la ciudad de Canaria y residente en esta ciudad por la administración del pescado salado, recibió los Santos Sacramentos declaró a el que le administró el que se quería enterar en dicho convento, fueron cura y sochantre, llevare capa, tuvo tres pausas, asistió el Beneficio; faltaron los Sres. Sosa y Vizcaíno y por los que faltaron fueron Bencomo y Castellano y se le hizo la señal. = Bencomo.


Al márgen: Entierro en San Francisco de Agustín Gómez Millares. Pagado.

3L.9 F.89 v. (M) LA CONCEPCION. LA LAGUNA. (M.239/240), 239/240.
MATRIMONIOS M239Y240
La Concepción. LA LAGUNA
L.9
F.89v.


En la Ciudad de La Laguna de Thenerife en veinte y seis de diciembre de mil septntos sesenta y un años, Yo D. Pedron Nicolás Ramirez, Thente. de Cura de Semana, que lo es el Lcdo. D. Gaspar Gabriel Citeres Corbalan, Beneficiado curado propio desta Iglesia Parroquial de Ntr®. Sr®. de la Concepción desta dcha Ciudad y examinador sinodal deste Obispado, haviendo presedido las tres amonestaciones dispuestas por el Sto. Concilio de Trento y Certificación de D. Joseph Bentura Reyes Vð Cura del Sagrario de la St®. Iglesia Cathedral destas Islas, y no haviendo resultado ningun impedimento, casé por palabras de presente que hisieron verdadero y lexitimo Matrimonio a AGUSTIN GOMES, hijo lexmo. de TOMAS GOMES y ANTONIA MILLARES, con ANNA JOSEPHA PADRONA, hija lexma. de JOSEPH PADRON, en sus primeras nupcias, y de ISABEL NARANJO, difunta, ambos contrayentes de la Ciudad de Canaria y residentes en ésta; fueron sus padrinos Antonio Martin y Agustina de Troya; testigos presentes D. Juan de Armas, Presbítero, Joseph Hernandez Barroso y Mathias Alvares Conde, vezos. desta dcha. Ciudad y lo firmé.= Corvalán. Pedro Nicolás Ramirez.


VELADOS: En nuebe de febrero de mil sptecientos sesenta y dos, Yo D. Pedro Ramirez, Thente. de Cura desta Parroquia de Ntr®. Sr®. de la Concepción desta Ciudad velé y di las bendiciones nupciales a los contenidos en la partida de enfrente y por verdad lo firmé = Ramirez.


241. ANA JOSEFA PADRON NARANJO

1L.7 F.64 (D) SAGRARIO. LAS PALMAS. (D.240), 240.
DEFUNCIONES D.240
Sagrario. LAS PALMAS
L.7
F.64


Anna Padrón


En Canª. a diez y siete de febº. de mil ochocientos y catorce a., fue sepultada en el Sementº. de esta Capital el cadaver de Anna Padrón y Naranjo, viuda de Agustín Gómez Millares, vezª. de esta ciudad, la que fallº. a los ochenta y seis a. de su edad. Enfermedad Ydropesia. Le acompaño el Curato y todo el Clero y se le cantó oficio de sepultura. = Juan de Castro y Henrriq. = Colector.


242. ANTONIO LORENZO CORDERO

1L.8 T.1.F.174v.N.848 (M) SAGRARIO. LAS PALMAS (M.241/242), 241/242.

M.241/242

L. 8 Matrimonios. Tomo I. Sagrario. F.174v. Nº.848


Antonio Lorenzo hijo legítimo de Juan Lorenzo y de Mariana Cordero, = y Michaela de Sosa, hija legítima de Nicolás de Sosa y de Gregoria Suárez, vezº. desta Ciudad, fueron casados según Orden de Nª. Stª. Mª. Iglª. el día veinte y nuebe de septiembre deste presente año de settº. cinq.ta y sinco de q. fueron tgôs. Antonio Alvares y Luis de Torres y otras más personas vezº desta Ciudad haviendo presedido las proclamas que dispone el Stº. Consilio de Trento de q. no resultó impedimento y los casó con licencia de mí el Parrocho infra escripto D. Andrés Basques, Presbítero = Joseph Ventura Reyes = Andrés Vázquez.


246. JUAN HERNANDEZ-DORESTE MEDINA

1L.19 F.55 Nº.299 (B) SAN JUAN BAUTISTA. TELDE (B.245), 245.
Juan (B.245)


En treinta días del mes de octubre de mil setecientos treinta y ocho añºs. Yo Fray Lucas de Salas Orden de Predicadores con lizencia de Dn. Gabriel Joseph Montañés y Roxas, Beneficiado Curado en esta Ciudad de Telde, Baptize subcondisione, por averle echado agua en su casa y no aver parecido la persona que se la echó para ser examinada, puse oleo y chrisma a Juan, hijo lexmº. de Joseph Hernª. y de María de Medina Vnºs. de dha. Ciudad. Vino a la pila de quatro días de su nacimiento. Fue su padrino Sebastián Martín de Mendoza a quien advertí el parentesco y obligación y lo firmé = Fr. Lucas de Salas.

2L.6 F.358v (D). SAGRARIO. LAS PALMAS (D.245), 245.
DEFUNCIONES D.245
Sagrario. Las Palmas
L.6
F.358v

En Canaria a trece de mayo de mil ochocientos siete años, fue sepultado en la Hermita de Ntra. Sra. de los Reyes, Juan Oreste, vendedor de pescado, marido de Anna Romero, vezino de esta Ciudad, aue falleció a los sesenta años de su edad. Enfermedad pulmonía. Recibió los Stos. Sacramentos. No testó. Le acompañó el Curado y ocho cap.y Colegio de San Marcial y se le cantó vigilia, misa y officio de sepultura = Juan de Castro y Henríquez = Colector. = Firma.

3L.8 T.II. F.301 Nº.1463 (M) SAGRARIO. LAS PALMAS (M.245/246), 245/246.

M.245/246

L. 8 Matrimonios. Tomo II. Sagrario. F.301 Nº.1463

Velados el día 30 de junio de 1765

Juan Hernández hijo leg.mo de Joseph Hernández y de María de Medina, difuntos, vezº. de esta Ciudad y naturales del lugar de Telde = y Anna Manuela Romero, hija leg.ma de Joseph Romero y de Antonia de Abila, difunta, vezº. desta dha. Ciudad, fueron casados según Orden de Nª. Stª. Madre Iglª. el día veinte y nuebe de junio de este presente año de mill settº. sesenta y cinco, haviendo presedido las tres amonestaciones q. dispone el Stº. Concilio de Trento de q. no resultó impedimento alguno y fueron tgôs. presentes Juan Grande, Salvador León y más personas, por mí el Parrocho infraescripto = Joseph Ventura Reyes.


247. ANA MANUELA ROMERO DE AVILA

1L.6 F. ? (D) SAGRARO. LAS PALMAS (D.246), 246.
DEFUNCIONES D.246
Sagrario. Las Palmas
L.6
F.


En Canaria a tres de Septiembre de mil setecientos ochenta y ocho, se enterró en el Convento de Santo Domingo, Ana Romero, muger de Juan Oreste, vezina de esta Ciudad. Recibió los Stos. Sacramentos. No testó. Le acompañó el Curado de esta Cap. Y el Colector de San Marcial.= Juan de Castro y Henríquez. Colector= Firma.


250. ANTONIO DE CUBAS

1L.20 F.149 (B) SAGRARIO. LAS PALMAS. (B.249), 249.
BAUTISMOS B.249
Sagrario. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
L.20
F.149


En Canaria a seis de febrero de mil setecientos y treinta y seis años, yo D. Josef Falcón de Alarcón, con licª. del Sr. Cura Semanero baticé, puse oleo y chrisma (sic...) ANTONIO, hijo legítimo de MANUEL DE CUBAS y de FRANCISCA HERNÁNDEZ, vecinos de esta Ciudad, fue su padrino Antonio Cabrera y vino a la pila de seis días nacido a quien advertí su oblig. y par., y lo firmé.= Josef Falcón de Alarcón.

2L.6 F.292v.(D). SAGRARIO. LAS PALMAS (249), 249.
DEFUNCIONES D.249
Sagrario. LAS PALMAS
L.6
F.292v.

Antonio
de Cubas


En Canª. a quatro de enero de mil ochocientos y quatro años fue sepultado en la Yglª. del Convtº. del Sr. Sn. Agustín Antonio de Cuvas, Marinero, Marido de Francisca de Stª. Anna, vezº. de esta Ciudad. Su edad sesenta y cinco añ. Enfermedad Humor negro. Recivió los Stos. Sacramentos. Dio poder p. Testar ante D. Tomas Oramas, el día veinte y dos de noviembre de este presente año. Le acompº. el curato y todo el clero = Juan de Castro y Henriquez. = Colector =.

3L.8 T.II. F.206 Nº.1057 (M) SAGRARIO. LAS PALMAS (M.249/250), 249/250.

M.249/250

L. 8 Matrimonios. Tomo II. Sagrario. F.206. Nº.1057


Antonio de Cubas hijo legítimo de Manuel de Cubas y de Francisca Lópes, = y Francisca de Santa Anna, vezº. de esta Ciudad, fueron casados según Orden de Nª. Stª. Mª. Iglª. por mí el Parrocho infra escripto, en veinte y tres de marzo de mill septecientos e cinquenta y nuebe, siendo testigos Sebastián de Aguiar, Vicente de la Concepción y más vecinos de esta Ciudad haviendo precedido las amonestaciones acostumbradas sin impedimento.

4TOMAS VICENTE ALVAREZ ORAMAS. LAS PALMAS, PROTOCOLO 1931, (PODER PARA TESTAR EN FAVOR DE SU MUJER) DE 22/11/1803 (T.249). , ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE LAS PALMAS.
Poder para Testar 249/250
De Antonio de Cubas a favor de Francisca de Santa Ana, su mujer.
Escribano: Tomás Vicente Alvarez Oramas
Protocolo: 1.931
Pag: 842-843
Fecha: 22/11/1803


En esta Ciudad de Canaria a veinte y dos de Noviembre de mil ochocientos y tres @, Antemí el ind. Escribano y tgos. infraescriptos, pareció presente enfermo en cama en las casas de su havitaçn. Antonio de Cubas, vecino de esta Ciudad, hijo lexitimo de Manl. Cubas de Aday y de Francª. López y Albarez, difuntos, de cuio conocimtº. Certifico y Dixo, (...) de haver hecho la protestación de Ntrª. Fe como Católico Cristiano, qe. hallándose actualmente enfermo y queriendo por lo mismo dejar las cosas bien dispuestas por medio de testamento y última voluntad, no pudiendo ahora detenerse en ello, ha pensado elegir persona de su confianza qe. a nome. de este poderdante y en representacn. de su persona pueda otorgar y otorgue su testamento y última voluntad con arreglo a lo qe. tiene comunicado a sus (...) y a que ella misma está instruida de los negocios de su casa sin omitir la declaración de lo que cada uno de sus hijos haya llevado pª. igualarlos con los que hayan tomado a menos; con que no se entienda señalamientº. de sepulcro, ni nombramientº. de Albaceas ni herederos; pr. qe. esto recerva en sí y desde luego quiere y manda qe. quando acaez (...) en la Capilla del Sr. de la Vera Cruz del Convtº. del Patriarca Sn. Aug. de esta Ciudad; y qe. pª. el cumplimtº.. de tal testamento elige y nombra pr. sus Albaceas a la expresada Francª. de Stª. Anna, su muger y a Domg. de Cubas, su lexitimo hijo a quienes juntos e inçolidum da la facultad (...) y prorroga todo el término qe. quieran aunque sea pasado el año qe. establecen las leyes; y cumplido y pagado instituye y nombra por sus únicos y unibersales herederos a sus cinco hijos lexítimos y a la nominada su muger, qe. todos se hallan casados y lo son: María de las Angustias; Domingo; Francº.; Manuela y Antonia, que viven, pª. qe. hayen y gocen sus corts. bienes y futuras subsesiones; y qe. este reboca y anula otras qualesquiera Disposiciones simples o auténticas que haya hecho por escrito o de palabra, pues quiere no valgan ni hagan fe, sino únicamente la qe. pr. virtud de esta facultad celebrare la referida su esposa qe. quiere se tenga pr. su testamtº. y ultima voluntad y qe. pr. tal se guie y cumpla; que el poder q. pr. lo narrado se requiriese lo confiere copioso, sin limitaçn. y con lo incidte. de ello y celebración en forma; y el otorgante hallandose en su entero y cabal juicio segn. lo acertado de sus palabras de qe. doy fe, así lo dixo, otorgó y no firmó pr. qe. expresa no saber, hízolo a su ruego un tgô. qe. lo fueron presentes Dn. Miguel Carro Vº Bº Capellán del Rei en la Santa Igl. Catedral de estas Islas; José Antº. Glez. y Juan Plazeres, naturales y vecinos de esta Ciudad, bien qe. el último es oy vecº. de la Isla de Tenerife = Por testigo = José Antonio González = Ante mí Tomás Vicente Alvarz. Oramas. Notario.


252. JUAN AGUSTIN BAEZ PEREZ

1L.4 F.77 (M) PINO. TEROR (M.251/252), 251/252.
MATRIMONIOS M.251Y252
Ntra. Sra. del Pino. TEROR
L.4
F.77


JUAN AGUSTÍN BÁEZ, hijo lexmo. de Sebastián Báez y de Juliana Pérez, vezinos de Tenoya, Jurisdicción del lugar de San Lorenzo y ANGELA DE LAS NIEVES XIMENEZ, hija lexma. de Phelipe Pérez y de María Ximenez, vezinos de este lugar de Teror, fueron casados, según Orden de la St®. Madre Iglesia por el M.R.P. Sr. Fco. Gil de Quintana de la Orden de P..., con licencia de el Párroco infra escrito el día veinte y quatro de abril de mil setecientos sesenta y cinco, siendo testigos presentes Lázaro Marrero, Fco. de Quintana y otras más personas vezinos de dicho lugar, aviendo presedido las tres amonestaciones en la forma que previene el Santo Concilio de Trento, tanto en este lugar como en el de San Lorenzo, de cuya publicación no resulta impedimento alguno, fueron examinados en la Sta. Doctrina e instruidos en los misterios principales de N®. Sta. Religión, y para que conste lo firmé. Mtro.Rvdo: Francisco Gil de Quintana.


253. ANGELA DE LAS NIEVES JIMENEZ

1L.5 F.302v (D) PINO. TEROR. (D.252), 252.
DEFUNCIONES 252
Ntra. Sra. del Pino. TEROR
L.5
F.302v.



ANGELA XIMENEZ, mujer de JUAN BAEZ vecinos deste pueblo de Teror fue sepultada el día siete de septiembre de mil ochocientos quatro años. Recibió los Stos. Sacramentos y no testó y para que conste lo firmé = Agustín Cabral y Jaymes.


254. GREGORIO DIAZ MONAGAS

1L.4 F.226 (B) PINO. TEROR (B.253), 253.
BAUTISMOS 253
Ntra. Sra. del Pino. TEROR
L.4
F.226


GREGORIO

En el lugar de Teror en veinte y dos días de marzo de mill settestos. y quarenta, yo Joseph Xuares de ? Cura de esta Parroquia Baptise puse oleo y chrisma a GREGORIO; hijo lexmo. de Joan Días y Faviana Peres, vino a la pila de onse días nasido, fue su padrino Salvador González advertile el parentesco y obligaciones y lo firme = Joseph Xuarez de ?.

2L.4 F.74v (M) PINO.TEROR (M.253/254), 253/254.
MATRIMONIOS M.253Y254
Ntra. Sra. del Pino. TEROR
L.4
F.74v.


Gregorio Díaz Monagas, natural de este lugar de Teror, hijo Juan Díaz y de Fabiana de Monagas, naturales de este lugar de Teror y Catalina Alarcón, natural de este lugar de Teror, hija de Francisco Sánchez y de María de Alarcón, naturales de este lugar de Teror,
CONTRAJERON ENTRE SÍ MATRIMONIO CANONICO el día veinte y tres de Diciembre de mil setecientos sesenta y cuatro a las 16 horas.
Fueron testigos: Salvador Henríquez y José Rodriguez.
Mtro.Rvdo: Francisco Gil de Quintana.


255. CATALINA DE ALARCON

1L.4 F.164v.(B) PINO. TEROR (B.254), 254.
BAUTISMOS 254
Ntra. Sra. del Pino. TEROR
L.4
F.164v.


CATARINA

En el lugar de Teror en quatro días del mes de disiembre de mil setesienstos y treinta y seis años, yo Francisco de Medina batise puse oleo y chrisma a CATARINA; yja lexitima de Francisco Sánchez y de María Alarcón, su lexitima mujer bino a la pila de ocho días nasida, fue su padrino Diego de Acosta, todos besinos de dicho lugar advirtiósele el parentesco y para que conste lo firme = Francisco Lorenso de Medina.

2L.5 F.344 (D) PINO. TEROR (D.254), 254.
DEFUNCIONES 254
Ntra. Sra. del Pino. TEROR
L.5
F.344



CATALINA ALARCON, viuda de GREGORIO DIAS MONAGAS vecina deste pueblo de Teror fue sepultada en esta Paroquial el día seis de julio de mil ochocientos y dose años. Recibió los Stos. Sacramentos. No testó y para que conste lo firmo = Juan Gabriel González.


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