Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasLey nacional 24.810/97 - Registro de la condición de ex combatiente en documentos Sanción : 23 de abril de 1997 Artículo 1 : Incorpórase como inc. f) del artículo 17 de la ley 17.671 el siguiente: Artículo 17 : El Registro Nacional de las Personas tiene las siguientes responsabilidades en lo que respecta a la documentación: Artículo 2 : Incorpórase como inc. g) del artículo 17 de la ley 17.671 el siguiente: Artículo 17 : El Registro Nacional de las Personas tiene las siguientes responsabilidades en lo que respecta a la documentación: Artículo 3 : Comuníquese, etc. Cabe aclarar que los artículos 16, 17 y 18 de la ley 17.671 determinan las facultades del Registro Nacional de las Personas.
|