Beneficios socialesLa Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval MalvinasLey nacional 25.546/02 - Declaración de lugar histórico nacional y tumba de guerra al área donde se encuentran los restos del ARA General Belgrano Sanción : 27 de noviembre de 2001 Artículo 1 : Declárase lugar histórico nacional y tumba de guerra al área donde se encuentran los restos del buque Crucero ARA General Belgrano y de los trescientos veintitrés (323) tripulantes que allí reposan, hundido el 2 de mayo de 1982 en la zona económica exclusiva argentina. Artículo 2 : El Poder Ejecutivo dispondrá las medidas que aseguren que los restos de los tripulantes que allí yacen no sean perturbados, mientras la mayor parte de sus familiares no reclame su recuperación. Artículo 3 : El Poder Ejecutivo instruirá al Ministerio de Defensa para que incorpore en las cartas naúticas la mención de este lugar histórico nacional, consignando las coordenadas geográficas que permitan su localización. Asimismo se dispondrá su incorporación en las cartas geográficas, en los mapas y diferente cartografía, pudiendo solicitar la colaboración de la Academia Nacional de Geografía y del Instituto Geográfico Militar u otro organismo que corresponda. Artículo 4 : El Poder Ejecutivo, por intermedio de los organismos pertinentes, efectuará la notificación de la presente ley en el ámbito internacional. Artículo 5 : Comuníquese, etc.
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