ÍNTERPRETES DE l.S.E

Alfabeto dactilológico internacional



CÓDIGO ÉTICO DEL INTÉRPRETE DE LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA
(Documentación cedida por I.L.S.E)


1.      El intérprete de lengua de signos adecuadamente titulado según la normativa oficial vigente, debe mantener una actitud abierta para que su formación sea de forma práctica, permanente y especializada. Demostrará sus habilidades profesionales sin necesidad de recurrir a expresar sus méritos personales y/o académicos,

 

2.      Se regirá por las tarifas establecidas en el momento o dentro de los márgenes razonables, informando a los perceptores de forma clara y previa a la contratación del servicio.

 

3.      El intérprete asumirá su responsabilidad favoreciendo una comunicación lo más completa entre los perceptores, sin olvidar que uno de ellos es la persona sorda y por tanto buscará en cada caso el medio más idóneo de comunicación. De esta forma evitará situaciones de abuso en cualquier dirección.

 

4.      Consciente de su capacidad de influencia y por respeto a la dignidad de los perceptores de la interpretación actuará como tal, evitando actitudes que presupongan custodia, consejo o control. Por ello, en toda situación de interpretación tomará una actitud neutral sin exponer opiniones, ni sentimientos personales e interpretará lo más fielmente posible la totalidad de lo expresado, incluso cuestiones anecdóticas.

 

5.      En el cotidiano desarrollo de su actividad el intérprete respetará la ética establecida, evitará su beneficio / aprovechamiento personal y asumirá sus propias responsabilidades profesionales. Por ello y además de lo expresado, el intérprete:

 

·              Respetará absolutamente el carácter confidencial de su actividad, como 

         derecho constitucional que es.

 

·              Reservará el tiempo necesario y se preparará adecuadamente para realizar el

 servicio de interpretación.

 

·              Respetará al máximo las normas de puntualidad.

 

·              Observará que las condiciones sean las idóneas para desarrollar la

 Interpretación.

 

·              Declinará aquellos servicios que consideren estén fuera de sus posibilidades o

competencias e informará de a quién o dónde debe dirigirse para solventar la cuestión.

 

·              Asumirá la responsabilidad de ofrecer una alternativa adecuada, facilitando que

el servicio sea realizado por otro intérprete, en el caso de justificada imposibilidad para hacerlo después de haberlo aceptado.

 

6. Mantendrá una actitud respetuosa y crítica con sus colegas a favor de la honorabilidad y prestigio de su profesión.


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