ÍNTERPRETES DE l.S.E |
Alfabeto dactilológico internacional |
1. El intérprete de lengua
de signos adecuadamente titulado según la normativa oficial vigente, debe mantener
una actitud abierta para que su formación sea de forma práctica, permanente y
especializada. Demostrará sus habilidades profesionales sin necesidad de
recurrir a expresar sus méritos personales y/o académicos,
2. Se regirá por las
tarifas establecidas en el momento o dentro de los márgenes razonables,
informando a los perceptores de forma clara y previa a la contratación del
servicio.
3. El intérprete asumirá
su responsabilidad favoreciendo una comunicación lo más completa entre los
perceptores, sin olvidar que uno de ellos es la persona sorda y por tanto
buscará en cada caso el medio más idóneo de comunicación. De esta forma evitará
situaciones de abuso en cualquier dirección.
4. Consciente de su
capacidad de influencia y por respeto a la dignidad de los perceptores de la
interpretación actuará como tal, evitando actitudes que presupongan custodia,
consejo o control. Por ello, en toda situación de interpretación tomará una
actitud neutral sin exponer opiniones, ni sentimientos personales e
interpretará lo más fielmente posible la totalidad de lo expresado, incluso
cuestiones anecdóticas.
5. En el cotidiano
desarrollo de su actividad el intérprete respetará la ética establecida,
evitará su beneficio / aprovechamiento personal y asumirá sus propias
responsabilidades profesionales. Por ello y además de lo expresado, el
intérprete:
·
Respetará absolutamente el carácter confidencial de su actividad,
como
derecho
constitucional que es.
·
Reservará el tiempo necesario y se preparará adecuadamente para
realizar el
servicio de
interpretación.
·
Respetará al máximo las normas de puntualidad.
·
Observará que las condiciones sean las idóneas para desarrollar la
Interpretación.
·
Declinará aquellos servicios que consideren estén fuera de sus
posibilidades o
competencias e informará de a quién o dónde debe dirigirse para
solventar la cuestión.
·
Asumirá la responsabilidad de ofrecer una alternativa adecuada,
facilitando que
el servicio sea realizado por otro intérprete, en el caso de
justificada imposibilidad para hacerlo después de haberlo aceptado.
6. Mantendrá una actitud respetuosa y crítica con sus
colegas a favor de la honorabilidad y prestigio de su profesión.