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Borrador de Estatutos de Grupos RASTRO, al 20001016, por Rodrigo Hunrichse
Se toma como base el
reglamento de Grupos RASTRO.
Artículos ya votados:
- un socio puede no estar en un Grupo
RASTRO
- El Presidente de un Grupo RASTRO debe estar activo durante su presidencia.
Artículos a ser votados:
- cada Grupo RASTRO debe tener un presidente de
Grupo RASTRO. Debe ser un integrante del mismo Grupo RASTRO.
- Deben los Grupos RASTRO entregar reportes de sus actividades en
cada Reunión RASTRO, por escrito o en formato electrónico.
Se pueden entregar por adelantado. El no cumplimiento de este
artículo implica una sanción leve al Grupo.
- los Grupos RASTRO pueden tener un reglamento propio,
siempre que no contravenga regulaciones como los
estatutos RASTRO
o el presente estatuto de Grupos RASTRO, ambos los cuales
prevalecerán en caso de ser aplicables más de una
disposición.
- Cada Grupo RASTRO debe llevar registro de quienes lo
integran (con número de socio),
copia debe dejarse con el Secretario RASTRO.
El no cumplimiento de este artículo implica una
sanción leve, tanto al responsable del Grupo RASTRO
como al mismo Grupo, por cada Reunión RASTRO
en la que no se informe.
- Cada Grupo RASTRO debe entregar antes del fin del
año académico un informe
de actividades del
año académico anterior,
por escrito o en formato
electrónico, incluyendo una
justificación a su continuación el siguiente
año académico o
justificación a su no continuación el siguiente
año académico.
- Si un grupo RASTRO se queda sin integrantes, se harán
3 (tres) llamados consecutivos inclusive, en Reuniones RASTRO, a
inscribirse el ese Grupo RASTRO. Si no se inscriben integrantes,
el Grupo RASTRO pasa a estar en el estado de Grupo Suspendido.
- al retirarse el presidente de un Grupo RASTRO
debe escogerse otro, de común o mayor acuerdo entre los
integrantes del misma.
- Son estados de un Grupo RASTRO:
- Sanciones al grupo: Se propone que se vote de entre alguno de estos:
- un Grupo pasa al estado de Grupo Suspendido al acumular 3 faltas leves
- un Grupo pasa al estado de Grupo Suspendido al acumular tantas faltas leves
como integrantes tenga.
- Un socio inactivo puede integrar a un Grupo RASTRO excepto en el
caso contemplado en el artículo siguiente.
- un socio suspendido no puede integrar un Grupo
- Un socio puede desvincularse con un Grupo RASTRO
si estaba en él, ya sea voluntaria o forzadamente, debiendo
justificarse cualquiera de estas decisiones al Presidente de
Grupo RASTRO, a más tardar en la siguiente Reunión
RASTRO.
El no cumplimiento de este artículo implica una
sanción al socio aludido, si fue por decisión
propia del mismo.
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