"un tratamiento que el Estado impone a un sujeto que ha cometido una acción antisocial o que representa una peligrosidad social, pudiendo ser o no ser un mal para el sujeto", para Carrara citado por el mismo Carrancá,
"la pena es de todas suertes un mal que se inflige al delincuente, es un castigo; atiende a la moralidad del acto; al igual que el delito, la pena es el resultado de dos fuerzas: la física y la moral, ambas subjetivas y objetivas..." 1.
"es una privación de bienes jurídicos que recae sobre el autor del ílicito con arreglo al acto culpable; imposición de un mal adecuado al acto" 2.
"El mal que el juez inflinge al delincuente a causa de un delito, para expresar la reprobación social respecto al actor y al autor" 3.
"El castigo legalmente impuesto por el Estado al delincuente para conservar el órden jurídico"para Constancio Bernaldo Quiroz, citado por Castellanos Tena, la pena es
"La reacción social jurídicamente organizada contra el delito" 4.
"Un castigo impuesto por el poder público al delincuente con base en la ley, para mantener el órden jurídico" 5. De lo anterior podemos establecer que Edmundo Mezger, Von Lizt, Ignacio Villalobos, así como Castellanos Tena estaban de acuerdo en que la pena es un castigo, un deterioro o mal contra el delincuente. Para estos autores el castigo tiene varias causas inmediatas; para Castellanos Tena y para Mezger, es la misma ley, para mantener con ello el órden jurídico establecido; para Mezger la pena se impone como una retribución y es consecuencia del acto, adecuada al mismo; para Von Lizt, esta se aplica en base a la reprobación social que tiene del acto.
Se ha considerado que la pena tomada como castigo, tiende a reprimir
la conducta antisocial, sin embargo, para la doctrina, la
justificación de la pena presenta dos hipótesis: por
un lado la pena tiene un fin específico, se aplica "quia
peccatum est"; (a quien esta pecando); y por el otro lado se
considera en forma casuística, como medio para la
consecución de fines determinados, se aplica "en
peccetur" (para que nadie peque).
Tales supuestos dan origen a una hipótesis más, la
tesis eclectica, la que no se conforma con darle a la pena una
sóla característica; a estas corrientes se les conoce
como Teorías Absolutas, Teorías Relativas y Corrientes
Mixtas.
Las generalidades de las teorías son las siguientes: