Victimización de menores
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Informe del CELS ante el Cómite de Derechos del Niño - 09/2002

Situación económica y minoridad en Argentina.

Legislación argentina sobre minoridad.

"¿Los únicos privilegiados son los niños...?"

La situación económica apremia. Según datos el 53% de los chicos habita en hogares pobres (ello significa un notable "avance" ya que en el 2000 sufría el problema el 49% de los jóvenes).
La situación se agrava en el interior: en la Capital, el 19,3% de los chicos es pobre. En el nordeste el flagelo cae sobre 7 de cada 10. 
Sobre el total de la población argentina (unos 35 millones de habitantes) existen 13,3 millones de personas pobres en el país, de los cuales el 46,7% son menores que viven en familias que no tienen ingresos suficientes para comprar alimentos y servicios básicos.
Las cifras fueron elaboradas según datos del INDEC, del Banco Mundial y de la filial local de la ONG "Save the children" (Salvemos a los chicos). El equipo fue encabezado por Irene Novacovsky, una ex funcionaria que fue cesanteada en 1999 por divulgar la primera encuesta de este tipo (luego, ante la reacción que provocó esa dimisión, tuvo que ser reincorporada).

Ante esta asfixiante realidad no es de extrañar que se incremente la delincuencia entre los jóvenes. El Estado, en lugar de buscar respuestas que enfrenten los orígenes del problema se empecina en incrementar el grado de represión sin llegar a visualizar el efecto en espiral que dichas medidas conllevan.

Algunas de estas medidas son:

La reciente derogación de la denominada ley del 2 x 1 de nuestra legislación. Dicha ley, establecía que se contabilizaran, luego de los 2 años de detención sin condena firme, dos días de prisión por cada día transcurrido en prisión preventiva.
Ignorando los motivos que habían llevado a la sanción de dicha ley (la exasperante lentitud del sistema judicial argentino unido a la aplicación de un principio de inocencia inverso, según el cual todos son culpables hasta que se demuestre lo contrario) algunos sectores políticos vieron en la derogación de dicha legislación una posibilidad de "responder al reclamo de seguridad de las personas e impedir que los presos entren por una puerta y salgan por la otra".

Planteos desde el gobierno de incrementar los poderes de la policía, reconocida mundialmente como líder indiscutible en la aplicación extrajudicial de la pena de muerte mediante el denominado "gatillo fácil". Leer declaraciones del secretario de Seguridad, Enrique Mathov en el diario Clarín el día 21 de mayo del 2001.
Entre las medidas que se impulsan se destaca el otorgar a la Policía Federal la potestad de interrogar en sede policial a los detenidos ya que en la actualidad no puede interrogar a los sospechosos que detiene en el lugar de los hechos ni hacerlo luego, en la comisaría. Estos sólo pueden declarar, o manifestar que se niegan a hacerlo, ante un juez.

¿Y de las medidas económicas que podemos decir?. Como muestra basta saber que hoy, el Estado destina por argentino 305 pesos anuales al pago de intereses de la deuda externa; mientras que en educación eroga sólo 79 pesos; en salud, 78; en asistencia social directa, 53 pesos; y entre planes de empleo y seguro de desocupación, apenas 13 pesos per cápita. Es, por lejos el segundo gasto de la administración nacional, después del pago de jubilaciones y pensiones (muchas de ellas llamadas de privilegio).

Son casi nulos los planteos que vinculan el incremento de la inseguridad con los grados de marginación social. De esa forma. es evidente para cualquiera, que no existe política de prevención o represión del delito que pueda tener éxito y el campo de la victimología se seguirá, lamentablemente, enriqueciendo gracias a la contribución de la clase dirigente del país mientras no se comprenda que las políticas de tolerancia cero son más caras (en vidas humanas y en recursos) que un plan social que contemple los motivos del delito.

Tal vez deberían aprender del panadero que ofreció trabajo a sus asaltantes como medio para "sacarlos de la mala vida" ya que según sus declaraciones si eran encarcelados iban a salir peor que cuando entraron, ya que de las cárceles nadie sale mejor de lo que entró.

No me malinterpreten. La inseguridad hace que sean muchas las víctimas inocentes caídas diariamente. Muchas de ellas corresponden a dignos miembros de instituciones de seguridad que intentan cumplir con su deber y que merecen todo nuestro respeto como ciudadanos que deseamos vivir en una sociedad libre de delitos.
En tal sentido no resultan irrazonables los pedidos de ampliación de ciertas potestades a las fuerzas de seguridad. Pero dicha ampliación de poderes debe ser acompañada con una efectiva política de castigo de quienes, amparándose en los mismos, cometan abuso de poder, victimizando a la sociedad en general y a sus propios colegas al desprestigiarlos y fomentar la desconfianza y el recelo en su accionar.
Mientras no sea posible aunar ambas condiciones (mayores poderes para prevenir y reprimir el delito y el castigo a quienes abusen de los mismo) teniendo en cuenta la negra historia de la represión en la Argentina, muchos ciudadanos se seguirán sintiendo más "seguros" , paradójicamente, con la inseguridad cotidiana que con las fuerzas de seguridad.

Legislación argentina sobre minoridad

UNICEF considera que la legislación argentina sobre minoridad se encuentra entre las más atrasadas de Latinoamérica. Su renovación, abordada en Diputados, merece objeciones mientras crece el debate sobre la penalización a la delincuencia juvenil. Además, los crecientes índices de deserción escolar, asfaltan el camino de los mayores niveles de criminalidad.

La legislación sobre niños de la Argentina es la más atrasada de América latina y viola la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños y Adolescentes, que el país convirtió en ley en 1990. Pero, además, una reforma anunciada como "integral", que ya aprobaron los diputados, es cuestionada por varios expertos y considerada incompleta hasta por algunos legisladores que apoyaron el proyecto.

El debate divide a los políticos y muestra que el país no parece capaz de consagrar un modelo que contenga y, más aún, prevenga la acción delictiva atribuida a niños y adolescentes, sin por ello violar sus derechos, consagrados en la Convención y en la Constitución Nacional.

En medio del clamor generalizado de la sociedad por un nivel mínimo de seguridad, un tema que además marca a fuego la campaña electoral, son pocos los políticos dispuestos a asumir el riesgo de decir que, de acuerdo con la Convención de los Derechos de los Niños, no corresponde penalizar a adolescentes como si fueran adultos, y que más que perfeccionar sistemas represivos hay que revisar y promover una política social que haga que haya menos niños y adolescentes en riesgo. En la semana que concluyó las fuertes condenas que recibieron tres jóvenes culpables de cinco asesinatos reactualizó la polémica y exhibió a distintos actores de la sociedad con posiciones divergentes. Las leyes vigentes (Patronato de Menores y Régimen Penal de la Minoridad) violan la Convención. La primera es la denominada Ley Agote, sancionada en 1919. Fue siempre una herramienta legal para criminalizar la pobreza. A su vez, las penas para los adolescentes están reguladas por dos leyes de la dictadura: la 22.278 y 22.803, que otorgan al juez la facultad de resolver la internación de menores de 16 años. Lo hacen sin llevar adelante juicio alguno y no sólo cuando presuntamente el joven haya cometido un delito, sino también si fue víctima de alguno.

El asesor regional en Derechos del Niño del UNICEF para América latina, Emilio García Méndez, explicó cuál era la filosofía de la legislación en América latina, antes de la Convención: "Durante siete décadas las leyes de menores fueron un mero símbolo de un proceso de criminalización de la pobreza. La Policía -en cumplimiento de esas leyes y en flagrante violación de los derechos y garantías individuales consagrados en las Constituciones- se convirtió de hecho en el proveedor mayoritario y habitual de la clientela de las llamadas instituciones de protección".

Dos justicias

El funcionario de UNICEF detalló cómo funciona el sistema de penalización de menores en la Argentina. "Los conflictos sociales que involucran a niños y adolescentes (de clase media y alta) fueron regulados por el Código Civil y el de Comercio. Pero si esos mismos conflictos involucran a los menores -hijos de pobres-, es el Estado el que dispone de ellos y los envía, por tiempo indeterminado y hasta la mayoría de edad, a los institutos". Una justicia para niños ricos y otra para pobres.

"Es una hipocresía: si un chico de 14 años de clase media mata no se lo puede ni amonestar, porque no es imputable (hasta que cumpla los 16). Pero si otro, sin familia y muy pobre, roba una billetera, se lo encierra en un internado, sin darle derecho a defenderse", aseguró la especialista en derecho penal juvenil, Mary Beloff.

El debate sobre la edad de imputabilidad de los jóvenes se puso sobre el tapete en los últimos días, cuando el titular de los diputados, Alberto Pierri, reeditó un proyecto de 1997 para que los adolescentes puedan ser juzgados por la justicia penal de los adultos. Ahora el bloque oficialista de la Cámara baja intenta tratar el tema en el recinto, como una forma de dar respuesta al reclamo de seguridad de la población.

La abogada Beloff recientemente declaró que: "No se trata de subir o bajar la edad. Hay que cambiar el eje del debate. Porque además los problemas de seguridad ciudadana no se resuelven con una ley. Hoy la edad está en 16 años y hay que subirla a 18, como dice la Convención. Un menor de 18 años que comete un delito no puede ir al sistema penal adulto. Nadie dice que no se lo juzgue, pero hay que hacerlo con un sistema especial. Debe haber además una respuesta del Estado que ayude a ese joven a hacerse responsable de lo que hizo".

Las leyes penales duras con los jóvenes están lejos de solucionar los problemas de violencia en ningún país del mundo. Estados Unidos es una de las dos naciones que -junto con Somalía- no firmó la Convención de los Derechos del Niño y en la mayoría de los estados norteamericanos las leyes prevén el juicio y la sentencia para los menores de hasta 14 años que cometan delitos graves. Incluso se los puede condenar a la pena de muerte, que será ejecutada cuando cumplan la mayoría de edad. Sin embargo, la delincuencia juvenil no disminuyó. Queda demostrado con la ola de violencia que se desató en los últimos tiempos en escuelas norteamericanas: En 18 meses 29 personas murieron y otras 70 resultaron heridas por armas de fuego. Y se estima que uno de cada cinco estudiantes fue alguna vez a clase con un arma.

Beloff, que hizo un estudio comparativo sobre la legislación de niñez en Latinoamérica, contó cómo funcionan los juicios a jóvenes en otros países, como Brasil, Costa Rica, Nicaragua o Venezuela. Existe una Justicia especial para adolescentes infractores, que son juzgados con todas las garantías posibles (abogado defensor, posibilidad de presentar prueba). Luego, si se comprueba el delito, se aplican medidas graduales: amonestación, trabajo comunitario, libertad asistida y, sólo en última instancia, la privación de la libertad (por no más de 3 o 5 años).

Pero los críticos del proyecto que aprobó Diputados aseguran que no recogió los antecedentes de la legislación moderna. "Se aprobó el 10 de diciembre, cuando faltaban diez minutos para que concluyera el período de ordinarias. Fue un acuerdo político entre (Hilda "Chiche") Duhalde (PJ) y (María) Banzas de Moreau (UCR). Muchos legisladores planteamos disidencias, a tal punto que el bloque radical dio libertad de conciencia", narró el diputado y abogado penalista José Cafferata Nores, quien no se resigna a aceptar la ley, tal como fue aprobada.

Desde el UNICEF, García Méndez se queja porque el proyecto se aprobó sin debate, sin pedir opinión a los especialistas en el tema y cuenta que él mismo se enteró por los diarios. "Se anuncia una reforma integral, pero después las cosas no están. No se crean las garantías para defender los derechos mínimos", advirtió.

Pero la legisladora del Frepaso Adriana Puigross no coincide. Asegura que el propio García Méndez fue consultado por la comisión. Y afirma que la ley prohíbe expresamente al juez separar a un adolescente de su familia aunque carezca de recursos materiales. "Derogamos la Ley del Patronato, lo que no es poco. Era lo máximo posible que podía votar este Congreso. Fue un debate realmente muy duro. Es cierto que ahora falta la otra mitad: hay que reformar los institutos. Pero la comisión de Minoridad se comprometió a hacerlo en otra ley y yo estoy trabajando en el proyecto de descentralización del Consejo del Menor".

Resta preguntarse si, a casi diez años de que el Congreso aprobara la Convención Internacional de los Derechos del Niño, los argentinos la conocen y tienen conciencia de qué significa. Seguramente ningún adulto - menos si es político - se animaría a decir que no está dispuesto a respetar los derechos de un niño. Muy pocos admitirían que son capaces de dejarlo morir de hambre o negarle un lugar donde dormir. Sin embargo, en los hechos cotidianos, ¿se plantean los mayores cómo tratan a los más pequeños en la calle, en sus casas o en el apretujón de la entrada al subte en la hora pico? Un dato que da algunas pistas es lo aportó el director de la Maestría de Política Social de la Universidad de Buenos Aires, Eduardo Bustelo: "En la Argentina, por causas previsibles, mueren por año 17.000 niños menores de 5 años en el más profundo silencio. ¿Cómo hablar de derechos de los niños? No hay mayor crueldad que ese silencio: en dos años la sociedad argentina tolera, sin decir nada, el equivalente a las mismas muertes que hubo durante la dictadura militar. Claro, son muertes de niños, que no tienen ni voz ni voto".

Torturas a menores en comisarías bonaerenses.

El gobierno del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Carlos Rückauf, no responde a las intimaciones de la Suprema Corte de Justicia sobre el escándalo de las torturas a niños en comisarías y en institutos asistenciales de la provincia de Buenos Aires, que se han convertido en una sórdida rutina. Tampoco ha habido respuesta acerca de las ejecuciones extrajudiciales de menores en presuntos enfrentamientos con las fuerzas policiales de Buenos Aires. Rückauf basó su oferta electoral en la promesa de meter bala a los delincuentes. El silencio oficial no puede atribuirse a desconocimiento o indiferencia. Al mismo tiempo que desdeñaba las disposiciones de la Justicia, el gobernador protestó ante el Consejo Provincial del Menor y la Familia por haber enviado una inspección al Hogar Jesús de Nazareth, donde un niño fue violado ante las burlas de sus autoridades. Esa institución depende del obispado de Luján-Mercedes, cuyo titular hasta marzo último, Emilio Ogñénovich, fue protagonista de un corto publicitario en favor de Rückauf durante la campaña proselitista de 1999, por su presunta “defensa de la vida”. 
La revista católica “Criterio” denunció que había obispos a sueldo del gobierno de Menem y Rückauf. La práctica habitual en esos institutos es drogar a los chicos para que no molesten. Según cifras oficiales suministradas hace un año por la ex titular del Consejo Provincial del Menor, María Laura Leguizamón, en Buenos Aires viven cerca de 4.800.000 niños y adolescentes, de los cuales el 23 por ciento tiene necesidades básicas insatisfechas. Y “sólo el 0,1 por ciento de los delitos los cometen menores, al contrario de lo que se quiere hacer creer”. La terrorífica situación de los menores alojados en comisarías ya era grave durante el anterior gobierno; ahora ni siquiera se responden las comunicaciones judiciales. 
Las torturas a chicos detenidos no son casos aislados sino, por el contrario, una práctica generalizada. Están documentadas en expedientes judiciales las que ocurren en las comisarías 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ª de Tigre; 1ª, 2ª y 3ª de San Fernando; 1ª, 2ª, 3ª y 4ª de Pilar; 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, 8ª y 9ª de San Isidro; 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ª de Vicente López; Ciclistas de San Isidro; Morón 1º; Comando de San Isidro; Oficina de Coordinación de San Isidro; Destacamento Villa Rosa; Comando de San Fernando; Oficina de Coordinación Tigre y Brigada de Tigre. También constan las torturas padecidas por chicos internados en los institutos Aráoz Alfaro, Manuel Rocca, Agote, Almafuerte, Santa María E. Pelletier, Leopoldo Lugones, Registro, Movimiento y Ubicación de Menores y Comunidad Terapéutica Jesús de Nazareth. Suman ya más de 200 casos, de los cuales la mitad en los últimos meses. Su comprobación en un juicio penal y el castigo a los responsables es improbable, ya que ocurren en ámbitos cerrados donde la complicidad es la regla y no hay testigos ajenos a las respectivas instituciones. Pero al menos podrían adoptarse medidas elementales que impidieran su reiteración. El mero alojamiento de niños en dependencias policiales (aunque no se produjera maltrato alguno) o en cárceles de mayores, está prohibido por las constituciones nacional y provincial, por la Convención sobre los Derechos del Niño, por las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de la Libertad, por las Directrices de Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil y por las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores. 
La prohibición también fue transmitida en forma expresa al gobierno bonaerense por la Suprema Corte de Justicia, luego de varios casos en los que dos chicos murieron quemados en comisarías de San Martín y Mercedes, se informó del presunto intento de suicidio de otro en la de Villa Ramallo y se produjeron graves incidentes en una de Almirante Brown. Días antes deque Eduardo Duhalde dejara el gobierno, el Consejo del Menor y la Familia firmó un convenio con el Servicio Penitenciario para el alojamiento de chicos en la cárcel de Magdalena. La Suprema Corte lo fulminó en una Acordada en la que sostuvo que ese era el camino opuesto al fijado por el tribunal. El 13 de marzo de este año el Asesor de Menores de San Isidro, Carlos Ernesto Bigalli, propuso a la Suprema Corte provincial la creación de un registro informatizado de torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, de consulta pública. El formulario tipo omitiría la identidad de los menores víctimas, pero en cambio incluiría la de las personas a cargo del acto en el que se practica la tortura, del titular de la dependencia, de la persona a cargo de la dependencia en el momento del acto y del personal que prestó funciones el día del hecho.

Delitos impunes

El 22 de febrero de este año la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires solicitó al ministerio de Seguridad, por entonces a cargo de Aldo Rico, que dictara instrucciones para impedir la repetición de este tipo de episodios en los que “la dignidad de la persona menor de edad indebidamente alojada en comisarías se ve agraviada aún en mayor medida con humillaciones y malos tratamientos que configuran delitos de acción pública”. Durante la gestión del ex gobernador Eduardo Duhalde y en respuesta a una comunicación similar de la Suprema Corte el entonces ministro de Justicia y Seguridad Carlos Arslanián convocó a los titulares de 17 dependencias en las que se habían denunciado torturas a menores y los instó a “agotar los medios para evitar que este tipo de hechos se repitan”. El 16 de marzo el presidente de la Suprema Corte, Guillermo David San Martín, intimó a Rico a responderle qué medidas había adoptado para cumplir con la resolución anterior. “La severa situación planteada respecto de la seccional policial Vicente López 5ª, comisaría Balneario, no se ha modificado”. Por el contrario, añadió, “se reiteran en dicha sede los apremios, malos tratamientos y humillaciones en perjuicio de los niños y jóvenes allí alojados”. Una vez más, el gobierno de Rückauf mostró su desdén por la Justicia con el silencio por única respuesta.
Mientras la Suprema Corte reitera las comunicaciones que el gobierno arroja el cesto de los papeles, el Asesor de Menores Bigalli interpone sucesivos recursos de hábeas corpus, reclamando el traslado de los chicos de las comisarías y cárceles a “establecimientos acordes a sus características”. Algunos jueces acceden al reclamo, otros responden que como no hay vacantes los chicos quedan en lista de espera. Pero la sala de la Cámara de Apelación y Garantía de San Isidro integrada por los jueces Fernando Maroto y Roberto Borserini consideró que las presentaciones de Bigalli tenían asidero y ordenó a los poderes Ejecutivo y Legislativo de la provincia una urgente respuesta concreta “al requerimiento de establecimientos adecuados y la asignación de las partidas correspondientes”. 
Ante la falta de resultado de estas intimaciones, el 1º de febrero último Bigalli requirió a los tres juzgados de menores de San Isidro que no volvieran a alojar chicos en las comisarías. El mismo día los jueces comunicaron a la Suprema Corte que compartían el criterio de Bigalli, pero que carecían de “institutos de contención en la zona”, que era una “tarea ímproba” (sic) obtener una vacante en el Consejo Provincial del Menor y que era el poder político el responsable de dar una respuesta adecuada. Pero además, el juez Néstor Cámere rechazó la petición de Bigalli en un caso concreto. Dijo que “el criterio del señor asesor de menores no puede dejar de ser compartido. Pero resulta obvio que el alojamiento policial no puede ser evitado cuando el menor es detenido”. Agregó que mientras no hubiera sentencias judiciales no podían darse por probadas las torturas denunciadas. Bigalli le respondió que la presunción de inocencia es una garantía constitucional que no puede amparar “a las dependencias policiales” ya que “quienes sin hesitación alguna deben ser tratados como inocentes son los niños que, sin sentencia condenatoria firme, se hallan alojados ilegalmente en dependencias policiales”. Con el criterio del juez Cámere, sigue su escrito, “los niños además de sus almas tendrían que entregar sus cuerpos para el perverso ritual de la ‘reeducación’ (¡en comisarías!), mientras se dilucide y se desvirtúe por sentencia condenatoria firme la presunción de inocencia de las dependencias policiales”. Con el tono de alguien que ha agotado su paciencia, el Asesor de Menores describe así el perverso sistema en vigencia: “Cuando la tortura se haya producido se dispondrá el traslado de ese niño, su lugar será ocupado por otro, hasta que ese otro denuncie tormentos, se dispondrá su traslado y su lugar será ocupado por otro”. Para Bigalli “resulta incomprensible” que el juez “intente justificar el alojamiento de menores en dependencias policiales cuando, en la misma resolución, sostiene que tal es proceder es ilegal”. Al reiterarse nuevos casos de torturas en comisarías (en uno de ellos “los policías habrían exigido una suma de dinero que se habría sustraído en el robo de un banco”) Bigalli volvió a solicitar el 28 de marzo que la Cámara hiciera cesar esa situación “inconstitucional, ilegal e ilegítima”. Hace diez días, Maroto y Borserini respaldaron su pedido y lo trasladaron a la Suprema Corte, que es el interlocutor judicial con los poderes Ejecutivo y Legislativo. La Suprema Corte accederá una vez más y se reiniciará de este modo un tétrico círculo vicioso: la Justicia se limita a recordar al gobernador y a los legisladores que están violando la Constitución y las leyes que juraron hacer cumplir y, ante su obstinado silencio, no inicia los procesos necesarios para enjuiciar ese escandaloso incumplimiento de sus deberes.

 


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