No es serio, y tiene desprestigio bien ganado, eso de
privar de la libertad ¡para enseñar a vivir en ella! Equivale a enseñar
gimnasia en un ascensor.
En algún momento readaptar o resocializar coincidía
con la ideología de transformar al preso en un operario que sirviera al
capitalismo industrial. Hoy ni siquiera eso.
Readaptar o resocializar implicaría la creencia de
que los reclusos alguna vez estuvieron adaptados y/o socializados.
Readaptar o resocializar implica reubicar al preso en
su medio, que es, precisamente, el que lo forjó delincuente.
Pero donde esta falacia se advierte fácilmente es en
el caso de los delincuentes de cuello blanco. A nadie se le ocurriría aplicarle
los parámetros del tratamiento con ideas de readaptarlo (para el caso hipotético
de que cayera preso). Es que el delincuente económico tiene un grado de
sociabilización que incluye muchas veces formación educacional formal que
supera a la de la mayoría de nosotros. ¿Cómo y para qué readaptarlo si además
no existe conciencia de rechazo social – mas bien admiración- a su persona y
a los bienes que ostenta...?
Según
las Reglas mínimas para el tratamiento de los
reclusos de la ONU elaboradas en 1995, en
el punto 65 se establece que": El tratamiento de los condenados a una pena o
medida privativa de libertad debe tener por objeto, en tanto que la duración
de la condena lo permita, inculcarles la voluntad de vivir conforme a la ley,
mantenerse con el producto de su trabajo, y crear en ellos la aptitud para
hacerlo. Dicho tratamiento estará encaminado a fomentar en ellos el respeto
de sí mismos y desarrollar el sentido de responsabilidad.
Veamos
La
llamada crisis del tratamiento sobre la base de su onerosidad y los magros resultados
obtenidos en cuanto a la reincidencia.
El
tratamiento efectuado en lóbregas prisiones perpetua las relaciones
sociales de dominación como regulador del conflicto. Legitima a la privación
de libertad como pena y al establecimiento que la adjetiva.
Desde
el punto de vista de la operatividad del tratamiento este no constituye más
que un placebo sin real efecto terapéutico ya que luego de invertir
recursos, (en el mejor de los casos ya que ordinariamente las prisiones
latinoamericanas sirven casi exclusivamente como depósitos de humanos cuya
única utilidad consiste en segregar de la sociedad a los
"indeseables") cuando el delincuente regresa a la sociedad
liberado: ¿a donde va a ir con su tratamiento el presunto readaptado?: a la
misma sociedad que lo hizo delincuente...
Como
mencioné anteriormente, hablar de readaptación social implica que los
reclusos han estado adaptados en libertad. ¿Adaptados a qué? Si partimos
de la base de la selectividad penal, deberíamos contestar: a la pobreza
crítica y a la marginación social, es decir al hambre, a la falta de
hábitat y a todo tipo de carencias.
El
carácter compulsivo del tratamiento invalida gran parte de sus objetivos ya
que la esencia de un tratamiento de ese tipo radica en la voluntariedad.
Y
por último, pero no por eso menos importante, la ideología del tratamiento
permite vislumbrar su origen arcaico en la criminología antropológica y
clínica. Habría que ayudar a pensar al recluso sobre el porqué de su
marginación social, la incidencia de los controles sociales del poder sobre
su delito y su culpa penal y el sentido de la disciplina para el consenso.
El tomar contacto reflexivo y propiciar respuestas sobre ciertas situaciones
para el ajuste interno permitiría, entonces, reducir la
victimización y convertir a buenos cantidad de reclusos en agentes para el
cambio social.
Con
todas las fallas antes mencionadas sobre la eficacia del tratamiento, se
descubre entonces que el preso ha tomado a la disciplina carcelaria, para sus
logros, en especial referidos a la libertad condicional, lo que se denomina en
la jerga carcelaria "hacer conducta". Lo que no se dice frente a la
reincidencia es que lo que ha fallado es el sistema. Y que si esto es así, el
reincidente también es una víctima: nada positivo se ha hecho por él ni por
la sociedad, se lo ha sometido a una serie de privaciones que en nada han
contribuido a su reforma y la tan mentada readaptación han fracasado.
Otros efectos deseados del
sistema de tratamiento carcelario son::
Impide o dificulta la posibilidad de reemplazo de la prisión clásica por penas
alternativas o sustitutivas.
El planteamiento de medidas alternativas a la prisión tradicional no sólo
intenta humanizar la sanción punitiva, sino garantizar nuevos imperativos
éticos con respecto a los seres humanos en si, lo que implica una realidad
sin coerciones ni victimizaciones individualizadas y selectivas.
La creación de nuevos
delincuentes en especial en el caso de los menores y los reclusos jóvenes, para
pretender posteriormente su readaptación. Lo que el Dr. Neuman grafica con la
frase "...convertirlos en becarios del delito..."
Los que veremos a
continuación en el capítulo sobre las implicancias de la victimización
carcelaria.
La pena de prisión supone que ante un hecho disvalioso que transgrede las
pautas del contrato social, una persona es privada de su libertad ambulatoria
(los supuestos fines de esa privación ha sido previamente discutidos).
Sin embargo la realidad nos indica que el Estado se apropia de mucho mas que de
la libertad ambulatoria de los procesados y condenados a pena privativa de
libertad.
La prisión se ha constituido en un lugar para estar mal, para sufrir y se
identifica con el concepto de contención, segregación y depósito de personas
acusados o condenados, en su mayoría, por delitos contra la propiedad.
En Argentina (a excepción de la provincia de Mendoza) el servicio
penitenciario constituye una fuerza paramilitar, con oficialidad y tropa,
leyes orgánicas y reglamentos y estatutos y vestimenta castrense, casinos
de oficiales y suboficiales. Ello constituye una violación de las
"recomendaciones sobre la selección y formación del personal
penitenciario" que en su sección VI, párrafo 1, al referirse a las
"condiciones generales de servicio", señala que dicho cuerpo:
"No se deberá formar con miembros de las fuerzas armadas, de la
policía y de otros servicios públicos".
La vocación de carcelero difícilmente se adquiere en la infancia, donde se
es o policía o ladrón. Esta vocación suele surgir en edad adulta como una
de las últimas soluciones al desempleo y raramente se relaciona con los
valores de honestidad, entrega y readaptación social del delincuente según
la ley (ver puntos 46 a 54 de las Reglas mínimas para el tratamiento de los
reclusos). Los guardia cárceles son de la misma extracción humana y social
de los prisioneros. Se los recluta entre personas pertenecientes a sectores
marginados de la sociedad. La cárcel les ofrece un lugar donde trabajar y
dormir varios días en la semana, comer y trabar amistades, alejando los
fantasmas de la soledad.
En su deseo de escalar peldaños en la escala social no advierten que sin
sometidos a un proceso de sumisión de características parecidas al de los
presos (se puede establecer un paralelismo con el proceso de policización
que sufren los integrantes del cuerpo policiaco). Al menos, con similar
ritmo y las mismas consecuencias hegemónicas. Este proceso de
prisionalización se conforma mediante un persuasivo discurso en que se acentúa
el carácter machista y omnipotente de sus funciones. Están del lado de la
ley y deben ejercerla con rigor. Se les entrega el uniforme y el arma,
atributos panaceísticos para la gente que se reviste de un menguado poder,
contra otros que son uno mismo... Cuando castigan despiadadamente parece que
castigaran lo que por adentro son.
Con al disciplina se logra dar unidad a lo disperso. Ellos están para las
tareas más duras y peligrosas. Son instrumentos, y por eso víctimas, de un
sistema que los impele a erigirse victimarios en nombre de uno de los
controles penales. Se les inculca una mentalidad retribucionista adscripta a
la disciplina y a la seguridad.
El personal jerárquico, que milita en una clase social más acomodada,
trata , por todos los medios a su alcance, de no correr riesgos. Esto es
particularmente visible cuando tienen lugar motines donde los
"negritos", de uno y otro lado de la reja, se juntan y separan, en
una suerte de ferocísima contradanza, para golpearse y matarse entre
ellos... Entretanto, cual si estuviesen en una tribuna, los oficiales
observan las acciones con preocupación, pero exentos de riesgos.
"¿El guardián,?
Es un preso
que se gana su pan.
¿El guardián?
Es el preso
del preso".
Poema de Albor Ungaro, ex fiscal, juez y camarista argentino.